El proceso de permuta o swapping

Aquí te exponemos el proceso por el cual llevar a cabo una permuta o trueque de viviendas entre los usuarios.

Ofrecemos la posibilidad de realizarlo privadamente o bien solicitar nuestros servicios de asesoramiento.

El contacto:

Una vez registrado y cumplimentado lo que busca, nuestro sistema le proporcionará una serie de viviendas que se adaptan a sus necesidades, le ofrecemos “tú media naranja”, es decir aquella que encaja con las necesidades mutuas de los usuarios.

Una vez elegida una de nuestras ofertas, será el momento de ponerse en contacto con la otra parte. El sistema permite mandar a otros usuarios un e-mail invitándole a contactar con usted.

Una vez realizado esta primera toma de contacto, podrán intercambiar y ampliar información sobre las viviendas a permutar.

Será el momento de poder visitar ambas viviendas y conocerse personalmente las familias.

Si ambos están satisfechos y creen que podrán realizar la operación, se pasará a la siguiente fase, la Negociación.

La Negociación:

Esta es la fase más importante del proceso, ya que en él se establecerán las condiciones generales de la transacción.

Recomendamos realizar los siguientes pasos:

  • Realizar una Tasación oficial de las fincas a permutar. Esto nos dará un valor aproximado del importe de las fincas.
  • Solicitar al Registro de la Propiedad le CERTIFICADO de CARGAS  de las fincas en cuestión.
  • Otros documentos necesarios serán: Cédula de habitabilidad, Certificado del administrador de la comunidad, copia de recibos de suministros, agua, luz, gas etc.

Si ambas partes llegan al acuerdo, podrán realizar un pre-contrato privado de permuta, en el cual especificaran las cláusulas y condiciones  generales por las que se regirá el intercambio.

La Financiación:

Esta fase será necesaria en el caso que se requiera financiación para la adquisición de cualquiera de las fincas, bien por la diferencia de valor entre ambas, bien por la existencia de hipoteca  en ambas fincas o en alguna de ellas.

Habrá que contactar con el Banco titular de la hipoteca / as y exponer las futura transacción para proceder a las subrogaciones o ampliaciones de hipoteca que sean necesarias. Este paso será determinante para asegurar la financiación total de la transacción, en el caso que sea necesario.

Recomendamos antes de firmar que se tenga asegurada la financiación de la operación y tener una cláusula en el precontrato que especifique este punto.

La clausura o cierre de la permuta:

La transmisión de los  inmuebles no tendrá carácter oficial si no ha sido elevada a escritura pública.

Entre todas las operaciones en las que interviene un notario, la más común y conocida es la de elevar a Escritura Pública la compraventa de un bien inmueble.

Sobre el notario recae la responsabilidad de identificar a quienes otorgan e intervienen en la escritura de compraventa o permuta que autoriza y cuyo original archiva en su protocolo.

En estos casos aconsejamos acudir siempre a este profesional para la escritura ya que, además de la seguridad jurídica que transmite la presencia de un notario, muchas de las veces se precisa hipotecar dicho inmueble, y para que se pueda concretar la hipoteca la ley exige que la misma se configure sobre un bien inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad.

Cada parte se hará cargo de los gastos e impuestos que genera esta transmisión. Serán los mismos que una compraventa, alrededor de un 10% del valor escriturado.

Ofrecemos la posibilidad de realizarlo estos trámites de forma privada o bien solicitar nuestros servicios de asesoramiento.

Nuestro consejo: Solicite los servicios profesionales de Abogado o Agente de la propiedad, ellos les orientaran y formalizaran los acuerdos.

http://www.teapetecemicasa.com/servicios_permuta.php

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