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    La caída del precio de la vivienda se acentúa en julio

    CincoDías.com / Ep – Madrid10/08/2010

    De este modo, el índice refleja que la caída del precio de las casas registrada en julio es más intensa que la experimentada en el mes junio, lo que rompe la tendencia a la moderación a la moderación en los descensos que venía produciéndose de manera ininterrumpida desde junio de 2009.

    Según Tinsa, “la coyuntura económica y financiera, así como la influencia de los meses de verano, se deja notar en la evolución de los valores de la vivienda”. Además, destaca que los últimos dos meses “se han podido ver afectados por la subida del IVA y las “habituales perturbaciones del verano”. Así, señala que “no puede extraerse una conclusión acerca de un cambio de tendencia y menos aún cuando aguarda el periodo final de las deducciones fiscales” por compra de vivienda en la segunda mitad del año.

    El descenso de precios acumulado desde que el índice general de Tinsa registrara máximos a finales de 2007 fie del 16,9% en julio.

    Por subíndices, el de capitales y grandes Ciudades lideró los descensos interanuales con una caída del 5%. Por su parte, el subíndice de la costa mediterránea se contrajo un 4,9% y el de las áreas metropolitanas experimentó un recorte del 4,4%. En último lugar, volvieron a situarse Baleares y Canarias y el apartado dedicado al resto de municipios, que registraron un descenso del 4% y del 3%, respectivamente.

    En cuanto a los descensos acumulados, cabe destacar el de la costa mediterránea, que ha experimentado una caída del 22%, por delante de las grandes ciudades (-18,4%), áreas metropolitanas (-18,1%), Baleares y Canarias (-15,6%) y, finalmente, en el resto de los municipios (-13,8%).

    Estabilización del mercado inmobiliario para 2011

    Los efectos de la subida de IVA en julio o de la eliminación de la deducción por compra de vivienda para rentas superiores a los 24.000 euros desde 2011 condicionarán la estabilización del sector inmobiliario, para cuya constatación habrá que esperar, por tanto, hasta el año que viene.

    Así lo aseguró en declaraciones a Europa Press, el director de Desarrollo de Negocio y Marketing de Tinsa, Rául García, quien indicó además que todo dependerá también de variables como la fluidez del crédito, la recuperación del paro y la confianza de los ciudadanos.

    Lo que está claro, a su juicio, es que desde un punto de vista tendencial “la caída del precio de la vivienda se empieza a atenuar”. Si bien, nuevamente indicó que “es muy complicado aventurar cuánto se tardará en volver a precios en positivo”.

    “La compraventa de viviendas va subiendo y se va recuperando poco a poco con respecto a 2009, aunque no sea un crecimiento espectacular”, constató además en referencia a los últimos datos de transacciones del mercado residencial.

    Qué es la permuta o swapping inmobiliario?

    ¿En que consiste la permuta o swapping en una vivienda?

    Intercambiar una casa o Permutarla es una alternativa a la compra-venta tradicional en la cual las dos partes acuerdan el intercambio de casas de forma definitiva.

    El contrato de permuta hemos de considerar como obligaciones de los permutantes entregar las cosas objeto de la permuta y sanear por evicción y por vicios ocultos, pero también el deber de transmitir la propiedad de la cosa entregada.

    En cuanto a los sujetos de este contrato, ha de estarse a las normas generales de la contratación, pudiendo celebrar el contrato de permuta todas las personas que según el Código Civil pueden obligarse y serán aplicables por analogía las prohibiciones establecidas en el artículo 1.459 en relación con la compraventa, de modo que las personas sobre las que recae esta prohibición no podrán celebrar el contrato de permuta.

    Aunque la mayoría de estos caracteres son comunes a la compraventa y a la permuta, debido a que ambos son contratos de cambio, conviene insistir en el carácter típico de la permuta basado principalmente en su causa. Es contrato de efectos obligatorios.

    Puede darse un contrato mixto de compraventa y permuta. En este caso, lo que se entrega a cambio de la cosa consiste parte en dinero y parte en cosa. Se aplican a estos supuestos las siguientes reglas para determinar si se trata de una permuta o de una compraventa:

    A- Hay que estar a la intención manifiesta de los contratantes

    B- Si no consta esta intención, se considerara que es una Permuta si el VALOR DE LA COSA dada como parte de una contraprestación excede al del dinero o su equivalente. En caso contrario, se considerara una compraventa.